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Ordenaron la excarcelación de uno de los condenados
Martes, 23 de agosto de 2016
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Es Salvador Pipitó, quien integró la patota de ferroviarios que atacó a los militantes del Partido Obrero
La Cámara Nacional de Casación Penal ordenó hoy que en 24 horas debe quedar en libertad condicional Salvador Pipitó, uno de los ferroviarios condenados por el crimen del militante del Partido Obrero (PO) Mariano Ferreyra, que había recibido una pena de 11 años de prisión.
Fuentes judiciales informaron a Infobae que los jueces de la Sala II de Casación, Daniel Morín y Eugenio Sarrabayrouse, revocaron una decisión del Tribunal Oral Criminal 21 que rechazó liberar a Pipitó. Así, el ferroviario se convertirá en el primer liberado de la causa.
Pipitó fue condenado en abril de 2013 en el juicio oral que se realizó por el caso porque formó parte de la patota que el 20 de octubre de 2010 atacó a militantes del PO que reclamaban con un corte de vías la incorporación de los empleados tercerizados de la línea Roca. En ese ataque fue asesinado Ferreyra y heridas de bala otras dos personas.
En concreto, Pipitó fue uno de los integrantes de la patota que amenazó a periodistas del canal de noticias CN5 para que no graben lo que ocurría.
La defensa de Pipitó –preso desde 2010– pidió su libertad condicional pero los jueces del Tribunal Oral Liliana Barrionuevo y Horacio Barberis se la rechazaron.
Los magistrados señalaron que Pipitó ya cumplió los plazos para acceder a la libertad condicional porque redujo su condena en 19 meses y 21 días por el régimen de estímulo educativo por distintos cursos que realizó en la cárcel federal de Ezeiza. También que registró una calificación de conducta ejemplar (10) y de concepto muy buena (7) y que no tuvo sanciones disciplinarias.
Sin embargo, los jueces explicaron que restaba la presentación de los informes de la Dirección de la cárcel y de peritos sobre su pronóstico favorable de reinserción social para poder acceder a la libertad condicional –tal como establece el artículo 13 del Código Penal- y le rechazaron el pedido.
Pero la defensa del condenado apeló y hoy la Cámara de Casación le dio la razón porque sostuvo que los informes del Servicio Penitenciario Federal no son un requisito para otorgar la libertad condicional.
"La interpretación efectuada por el Tribunal Oral en lo Criminal n° 21 ha sido errónea, toda vez que la norma en cuestión expresamente prevé que `(l)a excarcelación podrá concederse: 5°) cuando el imputado hubiere cumplido en detención o prisión preventiva un tiempo que, de haber existido condena, le habría permitido obtener la libertad condicional, siempre que se hubieran observado los reglamentos carcelarios`", sostuvieron los camaristas Morín y Sarrabayrouse. Así, para los jueces ese requisito "se encuentra cumplido".
Por el crimen de Ferreyra también fueron condenados a 15 años de prisión el entonces secretario general de los ferroviarios José Pedraza y su segundo Juan Carlos Fernández como instigadores del homicidio; a 18 años Cristian Favale y Gabriel Sánchez –los autores de los disparos– y el delegado Pablo Díaz, quien manejaba la patota en el lugar; a 11 años Jorge González, también por amenazar a los periodistas, y el delegado Claudio Alcorcel por llevar a Favale al lugar.
Todas las condenas fueron confirmadas por la Cámara Federal de Casación Penal y Pedraza y Fernández recibieron la prisión domiciliaria por problemas de salud. El resto de los acusados están presos.
En tanto, en el juicio también fueron condenados por liberar la zona para el ataque de la patota los comisarios Luis Mansilla y Jorge Ferreyra a 10 y nueve años de prisión, respectivamente; Hugo Lompizano, Luis Echavarría y Gastón Conti recibieron dos años en suspenso y David Villalba el pago de 12.500 pesos de multa.
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