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El Banco Central derogó normas del cepo para facilitar las transferencias en dólares
Viernes, 16 de agosto de 2024

Se eliminaron algunas disposiciones para operar en moneda extranjera, como la imposibilidad de transferir dólares a cuentas con una antigüedad menor a 180 días.

En el marco del blanqueo de capitales que se encuentra en pleno desarrollo, el Banco Central decidió hoy flexibilizar algunas normas referidas a la transferencias en dólares, en la búsqueda de facilitar esas transacciones y, a la vez, quitar ciertas obligaciones para los bancos aún vigentes, a pesar de la declarada intención del Gobierno de eliminar las restricciones cambiarias.

El BCRA, de esa forma, dispuso eliminar la sospecha de violación de las normas cambiarias como un causal de rechazo de una transferencia en dólares para uno de sus clientes. La disposición derogada consideraba un motivo válido para que el banco receptor de una transferencia en moneda extranjera la rechace bajo la “sospecha de que la transferencia esté asociada a un incumplimiento de la normativa sobre compra de moneda extranjera por parte de personas humanas residentes para la formación de activos externos”. También disponía que en ese caso el cliente debía “ser informado del motivo del rechazo”.

Por tal motivo, aún cuando tenga indicios de que la transferencia que recibe no está cumpliendo con alguna parte de las restricciones aún vigentes, los bancos receptores no lo considerarán un motivo para rechazar la operación.

En otro orden, el BCRA también derogó algunas disposiciones enmarcadas en el principio conocido como “conozca a su cliente”, que insta a las entidades bancarias a precisar la identidad y los movimientos de cada depositante con el objetivo de detectar posibles operaciones de lavado de dinero.

De esa forma, dejó de tener vigencia un apartado de la normativa que obligaba a los bancos a tomar “recaudos especiales de manera previa a la efectivización de una transferencia, a los fines de continuar con la política de minimizar el riesgo”. Los bancos ya no deberán objetar operaciones relacionadas con los tres siguientes supuestos:

- Cuentas de destino que no hayan sido previamente asociadas por el originante de la transferencia a través de cajeros automáticos, en sede de la entidad financiera o por cualquier otro mecanismo que ella considere pertinente.

- Cuentas de destino que no registren una antigüedad mayor a 180 días desde su apertura.

- Cuentas que no hayan registrado depósitos o extracciones en los 180 días anteriores a la fecha en que sea ordenada la transferencia inmediata.

Una de las primeras decisiones de la actual conducción del BCRA consistió en anular la obligación para los bancos de bloquear la segunda transferencia en dólares hacia una misma cuenta bancaria en un mismo mes. Hasta el año pasado, había una disposición del Banco Central que frenaba las transacciones en dólares hacia cuentas bancarias, por lo que si el usuario compraba dólares financieros solo podía transferirlos a su banco una vez por mes. Si el cliente hacía una segunda operación desde su cuenta comitente de la app a su caja de ahorro bancaria, el banco tenía obligación de bloquearla y pedir documentación que respaldara esa operación.

A pesar de que esa norma, una de las más complicadas del cepo para la operatoria de dólar MEP, ya dejó de estar vigente en diciembre pasado, algunos bancos pidieron al BCRA que se deroguen también las disposiciones vinculadas al principio “conozca a su cliente”. Por ese motivo, solicitaron que se anulen los tres requisitos mencionados anteriormente.





     
 
 

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