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Cómo es el Código Procesal Penal que impulsa el Gobierno
Lunes, 10 de octubre de 2016
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Como parte del programa Justicia 2020, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación envió al Congreso el proyecto del nuevo Código Procesal Penal Federal. La iniciativa ingresó al Senado y el pasado jueves el ministro Germán Garavano expuso ante la comisión bicameral encargada del monitoreo y la instrumentación de la nueva norma. Durante su presentación, el titular de la cartera de Justicia señaló que "es necesario un código que dé respuestas a los problemas de la gente".
La reforma que impulsa el Poder Ejecutivo tomó como base el Código sancionado durante el kirchnerismo, pero introdujo modificaciones que son sustanciales para la persecución de delitos complejos y el combate del crimen organizado. El proyecto le otorga a jueces y fiscales herramientas que no estaban previstas en la norma aprobada durante la gestión anterior.
A partir de la sanción de este nuevo Código, el proceso penal va a pasar a ser acusatorio adversarial. En la actualidad, los jueces dirigen las investigaciones y también toman decisiones. Con el sistema acusatorio esa forma de llevar adelante el proceso va a cambiar y la tarea de investigar recaerá sobre los fiscales. De esta manera, los magistrados tomarán decisiones en torno al proceso en general sin que su criterio se vea afectado por su rol de investigador, como podría ocurrir en la actualidad.
La reforma establece que el nuevo Código se aplicará sólo a los delitos federales -que son los más complejos- e incorpora pautas objetivas que deberán tener en cuenta los jueces al momento de decidir si el imputado puede estar libre durante el proceso.
En diálogo con Infobae, el subsecretario de Política Criminal, Martín Casares, señaló: "Nosotros entendemos la política criminal de manera distinta de aquellas concepciones que se tenían en el gobierno anterior, y lo que queremos es fijar pautas objetivas para que las sanciones sean aplicadas, y cuando los jueces dicten excarcelaciones lo hagan merituando situaciones objetivas y no con una discrecionalidad absoluta". "Lo que nos pide el ministro es un Código más efectivo", agregó.
Carlos González Guerra, director de Política Criminal explicó: "Previmos que al momento de la sentencia condenatoria del tribunal oral a pena de cumplimiento efectivo en el caso de personas que hubiesen estado en libertad durante el proceso -a pedido del fiscal- esa libertad se puede convertir en prisión preventiva".
"Hay situaciones de penas de cumplimiento efectivo muy altas en las que los condenados se van a la casa y también hay muchos casos en los que se fugaron antes de la lectura de la sentencia y no aparecieron nunca más. El efecto simbólico que generan estas cosas es absolutamente contraproducente para el sistema", afirmó González Guerra.
El proyecto establece pautas objetivas específicas que los jueces deberán tener en cuenta para decidir si un imputado transita el proceso en libertad o si le dicta la prisión preventiva. Hasta ahora lo que se evaluaba es el "peligro procesal", esto es, si hay peligro de fuga o de entorpecimiento de la investigación. El nuevo Código Procesal Penal Federal prevé nuevos criterios que deberán merituar los magistrados.
Por ejemplo, con relación al peligro de fuga se han incorporado como pautas a tener en cuenta la imposibilidad de aplicación de condena condicional y la hostilidad del imputado al momento de la detención.
Y en cuanto al entorpecimiento de la investigación, se agrega como elemento a valorar por parte del juez la posibilidad que tenga el imputado de asegurar las ganancias producidas por el delito y su capacidad de hostigamiento a la víctima o a testigos.
Además, la iniciativa propuesta por el Ministerio de Justicia introduce medidas especiales de investigación dentro de un marco que asegure las garantías constitucionales de los imputados. En ese sentido, se respetan los estándares recomendados por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), el Consejo de Europa, la Corte Interamericana de Derechos Humanos y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Esas nuevas herramientas son: el agente encubierto, el informante, la vigilancia acústica, la vigilancia de las comunicaciones, la vigilancia remota sobre equipos informáticos, la vigilancia por dispositivos de captación de imagen y por dispositivos de localización o seguimiento.
Todas estas técnicas especiales de investigación deberán ser aplicadas de manera excepcional, con un criterio restrictivo y por plazos determinados por la autoridad judicial. Estas nuevas medidas tienen por objetivo dotar al sistema de judicial de elementos que le permitan reaccionar de forma ágil en la lucha contra el crimen organizado y transnacional.
La iniciativa también regula los acuerdos de colaboración entre el fiscal y aquellas personas involucradas en delitos que aporten información valiosa para el esclarecimiento de los hechos o del desarrollo de la investigación. El colaborador podrá obtener una baja de la pena a cambio de aportes que contribuyan a evitar o impedir el comienzo, permanencia o consumación de un delito, esclarecer el hecho objeto de investigación, revelar la identidad o paradero de autores, instigadores o partícipes, o dar información que permita conocer el paradero de víctimas privadas de su libertad; entre otros.
Con el nuevo Código Procesal Penal Federal la víctima tendrá mayor participación, ya que podrá exigir medidas para la investigación y participar activamente en el proceso junto con el fiscal y el juez de garantías.
La implementación del nuevo Código -que privilegiará la oralidad en los procesos- se iniciará a partir del año próximo, comenzando por Salta y Chubut, para luego llegar al resto del país. La intención de la cartera de Justicia es hacerla en un plazo de cuatro años. Es un proceso que en Chile se hizo en seis años, mientras que en México tardaron ocho años.
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