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Un padre que abusó de su hija fue condenado a 16 años de prisión
Lunes, 17 de febrero de 2025
El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de casación y confirmó la condena dictada por el Tribunal Oral Penal N° 2. Los hechos ocurrieron en la localidad de Tabay entre el año 2008 y 2013. La niña fue victima de su propio padre desde los 9


El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes confirmó la sentencia de 16 años de prisión impuesta a un hombre condenado por abuso sexual con acceso carnal agravado por su condición de ascendiente, bajo la modalidad de delito continuado. La defensa había presentado un recurso de casación solicitando la reducción de la pena, argumentando la edad y estado de salud del hombre. Sin embargo, el máximo Tribunal provincial rechazó el planteo por considerar que la condena es proporcional y está correctamente fundamentada.

El Tribunal Oral Penal N° 2 había dictado la sentencia en 2023, luego de determinar la responsabilidad del condenado en los hechos denunciados. La defensa interpuso el recurso alegando que la pena impuesta era "excesiva e irracional", y que, debido a la edad del condenado (62 años) y su estado de salud, se debía aplicar un criterio más flexible.

Los hechos

Según la investigación y las entrevistas especializadas realizadas a la menor se logró comprobar que entre los años 2008 y 2013 cuando la víctima tenía entre 9 y 14 años su propio padre abusó de ella en la localidad de Tabay Corrientes.

El hombre aprovechaba cuando "estaban solos" para realizar distinto tipo de abusos a la menor desde muy pequeña. De esta manera los hechos ocurrieron casi siempre de noche, cuando su mamá no estaba, dormía o sus hermanos salían.

Cuando la menor cumplió 13 años, el hombre logró acceder carnalmente a ella. Producto de las reiteradas violaciones la niña quedó embarazada y logró denunciar a su padre recién al cumplir los 18 años de edad. Tal es así que cuando ella quedó embarazada nunca se animó a decir a nadie de quien era ese bebé ya que su papá le dijo que "…le diga a su madre que quedó embarazada de un muchacho del barrio…"

El Ministerio Fiscal logró acreditar con estudios y exámenes de ADN la paternidad del hombre de 62 años que negó desde el primer momento los hechos y tildó a la víctima de loca. A su vez, la declaración de la víctima, más los informes y declaraciones de los profesionales de la psicología, fueron contestes a los fines de demostrar el abuso sexual sufrido por la menor prolongada en el tiempo.

Fundamentos del fallo

En su voto, el ministro del STJ, doctor Alejandro Alberto Chain, sostuvo que la pena fue impuesta con base en una fundamentación lógica y acorde a derecho. Explicó que el Tribunal de Juicio ponderó correctamente los agravantes y atenuantes del caso conforme a los artículos 40 y 41 del Código Penal.

"No se advierte vicio alguno que torne absurdos o arbitrarios los fundamentos del fallo en relación al monto de pena impuesto", sostuvo el Fiscal General en su dictamen, concluyendo que la condena es legítima y ajustada a derecho.

Además, el doctor Chain enfatizó que el Tribunal de Juicio tenía la facultad y la independencia para determinar el monto de la pena dentro de los parámetros legales, y que la casación no es un recurso para revisar decisiones con las que una de las partes simplemente no está conforme. "La sentencia se encuentra debidamente fundada, reuniendo los requisitos mínimos de validez, por tanto, propongo que se confirme la condena", concluyó en su voto.

El voto del doctor Alejandro Alberto Chain fue respaldado por por los ministros del STJ doctores; Eduardo Gilberto Panseri, Guillermo Horacio Semhan, Luis Eduardo Rey Vázquez y Fernando Augusto Niz.


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