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La Justicia citó a al senador provincial Pellegrini por el falso accidente a Loan
Miércoles, 17 de julio de 2024
La Justicia Federal citó a declarar a Diego Pellegrini, el senador provincial que fue acusado de amenazar a Laudelina Peña para que declare la teoría de que María Victoria Caillava y Carlos Pérez atropellaron a Loan Danilo Peña.
La solicitud se envió a la Cámara de Senadores de la provincia de Corrientes. El legislador fue apuntado por Macarena Peña, hija de Laudelina, como uno de los hombres que la llevó a declarar junto al abogado José Codazzi.

“Tengo el agrado de dirigirme a usted (...) a los efectos de poner en su conocimiento las medidas dispuestas en autos, requiriendo el diligenciamiento en el plazo de 24 horas de recepcionado. Como recaudo se le hace saber lo dispuesto mediante resolución dictada en la fecha, la que transcripta en su parte pertinente dice: ‘Goya (Ctes.), 16 de julio de 2024.…. Oficiar al Senado de la Provincia de Corrientes y requerirse: a.- Determine de modo urgente (dentro de las 48 horas) si la persona identificada como Diego Pellegrini es senador provincial”, sostuvo la jueza en la notificación.

En el siguiente punto, Pozzer Penzo, estipula: “En su caso proceda a notificarle con la extensión del art. 250 de Código Procesal Penal de la Nación, que deberá prestar testimonio en la causa: Desaparición del Menor Loan Peña en trámite ante el Juzgado federal de Goya al respecto de los puntos del pliego que se adjuntará dentro del tercer día de notificado fehacientemente, a la vez que se le hará saber que puede renunciar a esta prerrogativa y comparecer personalmente a la sede del juzgado, en horario de oficina y/o comunicarse previamente a los teléfonos para definirse hora y fecha, pudiendo también hacerlo de forma espontánea su comparencia”.

El tercer punto va dirigido a la querella y defensa en el que plantea: “Solicitar a las partes adjunten pliego de preguntas, la cual quedará reservada en secretaria hasta la comparencia presencial, virtual o declaración según el art. 250 del CPPN para conocimiento previo del testigo”.







     
 
 

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