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               El gobierno prohibió el uso de pirotecnia sonora en sus actos 
                            
                            
                             
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                                Lunes, 30 de diciembre de 2019 									 
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                            El Gobierno publicó en el Boletín Oficial la prohibición de compra y uso de pirotecnia sonora para todos los actos públicos organizados por el Poder Ejecutivo Nacional e invitó a todas las provincias y a la ciudad de Buenos Aires a sumarse a la iniciativa.  
   La decisión del presidente Alberto Fernández, quien este sábado firmó un decreto que prohibió el uso de pirotecnia sonora en todos los eventos públicos oficiales, generó enojo e incertidumbre en la Cámara Argentina de Empresas de Fuegos Artificiales (CAEFA). Sebastián Gallo, director de Júpiter, dialogó con Infobae y expresó que tal resolución “es un desastre para la industria” y que la medida “afecta a más de 200 mil personas” que viven de los fuegos artificiales.
  Se trata del Decreto 96/2019 que lleva la firma del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y el ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Juan Cabandié, quien esta semana adelantó la idea de eliminar los fuegos artificiales de los eventos oficiales.
  "Prohíbese la adquisición y uso por parte del Sector Público Nacional, en los términos del artículo 8° de la Ley N° 24.156, de artículos y de artificios de pirotecnia, de estruendo o sonoros en los eventos y/o espectáculos que organice", dice el primer artículo.
  En el segundo punto se aclara que "quedan excluidos" de este decreto "aquellos artificios pirotécnicos y/o explosivos utilizados para emitir señales de auxilio, emergencia o lucha antigranizo, aquellos que sean de uso de las Fuerzas Armadas, de Seguridad y/o acciones de defensa civil y los destinados al uso industrial, minero u otra actividad extractiva".
  En su artículo tercero, la medida invita "a adherir a la presente medida a las provincias, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a las municipalidades" y precisó que la prohibición entró en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
  El Poder Ejecutivo señaló que "la Constitución Nacional establece en su artículo 41 que todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo".
  "Existen diversos estudios científicos que permiten comprobar que el uso de artículos y artificios de pirotecnia, de estruendo o sonoros afecta la calidad auditiva de la población, en particular, de los sectores más vulnerables de la sociedad entre los que se encuentran los niños y los ancianos, así como también a la fauna y al ambiente en general", explica.
									 
                                     
									  
              
               
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			 XIII JORNADA FEDERAL
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