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El Gobierno estableció un nuevo índice para calcular jubilaciones
Martes, 28 de junio de 2016
En sintonía con la ley de pago a los jubilados, el objetivo es eliminar “la principal causa” de los juicios contra el Estado por mala liquidación de haberes

Tras la sanción de la ley de "reparación histórica" a los jubilados, el gobierno nacional comenzó hoy a avanzar en el reajuste de los haberes con la elaboración de un nuevo índice, a partir del cual se actualizarán las remuneraciones de los afiliados al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

Así fue comunicado a través del decreto 807/2016, firmado por el jefe de Gabinete, Marcos Peña, y por el ministro de Trabajo, Jorge Triaca, publicado en el Boletín Oficial.

El objetivo de la norma es "interrumpir la principal causa de generación masiva de juicios" por el recálculo de los haberes y realizar "las correcciones necesarias para que las remuneraciones que se toman en cuenta para calcular las futuras prestaciones, sean actualizadas en forma justa y razonable".

"En la actualidad existe una gran cantidad de reclamos en sede administrativa y judicial, promovidos por los titulares de las prestaciones previsionales, tendientes a lograr la redeterminación del haber inicial sobre la base de la exigencia de la actualización de las remuneraciones que deben considerarse a dichos efectos", sostiene el texto en uno de los considerandos.

Según el decreto, el nuevo cálculo deberá incluir "hasta el 31 de marzo de 1995, las variaciones del Índice Nivel General de las Remuneraciones (I.N.G.R.)"; "entre el 1° de abril de 1995 y el 30 de junio de 2008, las variaciones de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE); y a partir de esta última fecha, las variaciones resultantes de las movilidades establecidas por la Ley N° 26.417″ de movilidad jubilatoria.

En ese sentido, sostiene que "para su elección se ha tenido en cuenta que ambos índices no se limitan a un sector de la economía en particular sino que reflejan la evolución de los salarios declarados por los empleadores de todos los sectores" y que, "de esta manera, su aplicación va a permitir una justa y adecuada actualización de las remuneraciones a considerar".

"Además el R.I.P.T.E. agrega la condición de estabilidad del trabajador como variable adicional complementaria, y se ha mantenido en cifras similares al Índice de Salarios Nivel General del I.N.D.E.C., que es el que la propia Corte Suprema de Justicia de la Nación ha elegido específicamente, para reajustar por movilidad entre los años 2002 y 2006", destaca.

El decreto también sostiene en su argumentación que "el problema de la litigiosidad no se constata solamente en la gran cantidad de juicios, sino también en la larga duración de los pleitos, en los que muchas veces se discuten cuestiones que ya se encuentran zanjadas por la jurisprudencia".

Por esta razón, el Gobierno ordenó a través del decreto que el Estado colabore "con la disminución de los tiempos de los procesos judiciales" y que "no interponga recursos extraordinarios en aquellos supuestos en que el resultado sería desfavorable, de acuerdo a los precedentes jurisprudenciales existentes".

El actual régimen de movilidad en los haberes de los jubilados, que rige desde 2009, establecía dos aumentos al año que se calculaban tomando en cuenta las variaciones producidas en los recursos tributarios del SIPA (comparando semestres idénticos de años consecutivos) y el más favorable entre el índice general de salarios determinado por el INDEC o la variación del RIPTE.

Apenas el Senado convierta en ley el programa de pagos de retroactividades y reajustes de haberes de los jubilaciones, que se prevé que sea sancionado este miércoles, la ANSeS habilitará en su página de internet cómo será el procedimiento para dar la conformidad y cobrar las sumas en juego. La Casa Rosada estima que en septiembre empezarán a efectuarse las erogaciones.


     
 
 

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