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Prohíben salir del país al “Chiqui” Tapia y Toviggino
Viernes, 20 de febrero de 2026
La Justicia convocó a la cúpula de la AFA por una causa impulsada por ARCA por más de $19.000 millones.

El titular del Juzgado Penal Económico N° 5, Diego Amarante, citó a declaración indagatoria al presidente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Claudio “Chiqui” Tapia, y a otros directivos, y dispuso la prohibición de salida del país.

La medida también alcanza al tesorero Pablo Toviggino, al director general Gustavo Lorenzo, al secretario general Cristian Malaspina y a su antecesor Víctor Blanco.

Las audiencias comenzarán el 5 de marzo con Tapia y continuarán el 6 y el 9 de ese mes con el resto de los imputados


La acusación de ARCA

La causa fue impulsada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que denunció la omisión de depósitos de retenciones impositivas y aportes de la seguridad social por más de 19.350 millones de pesos.

El organismo encuadró los hechos en el Régimen Penal Tributario (Ley 27.430), al considerar que las retenciones no fueron ingresadas en distintos períodos fiscales entre marzo de 2024 y septiembre de 2025.

La querella sostuvo que la entidad contaba con fondos suficientes y detalló ingresos millonarios durante 2024 y 2025, además de constitución de plazos fijos en pesos y dólares.


Testimonios y circuito de pagos

En el expediente declararon responsables del área administrativa, quienes describieron que la emisión de los volantes electrónicos de pago dependía de la orden del tesorero.

Según consta en la causa, las cuentas bancarias requerían firma conjunta de autoridades para disponer de fondos, y los balances con deuda fiscal estaban suscriptos por los principales directivos.



Rechazo al intento de cerrar la causa

La defensa intentó frenar el proceso mediante una excepción de falta de acción, al sostener que las deudas no eran exigibles por resoluciones administrativas que suspendían ejecuciones fiscales.

El juez rechazó el planteo y afirmó que la exigibilidad de la obligación tributaria surge con el vencimiento del plazo legal, independientemente de las medidas administrativas sobre la ejecución.

Amarante advirtió que admitir que normas del Poder Ejecutivo modifiquen el alcance de una ley penal afectaría el principio de legalidad.


Riesgo de fuga y pena en expectativa

La prohibición de salida del país se fundamentó en la gravedad de la acusación y en la eventual acumulación de penas prevista por el artículo 55 del Código Penal, ante la presunta reiteración de hechos.

Para el tribunal, la escala penal en expectativa justifica medidas para garantizar la presencia de los imputados en el proceso.

Con las indagatorias programadas para marzo, la causa entra en una etapa clave que podría definir el rumbo judicial de la conducción de la AFA.



     
 
 

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