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Se oficializó la desregulación completa del servicio de correo postal
Lunes, 11 de noviembre de 2024

Lo anunció en X el portavoz Manuel Adorni. “Con esta medida lograremos más competencia, mayor digitalización y mejor seguridad en materia postal”, dijo
Horas después del anuncio del vocero Manuel Adorni, el Gobierno nacional publicó el decreto 1005/2024 que oficializa la desregulación completa del servicio postal. De esta manera, buscan generar el ingreso de nuevas empresas e impulsar la competencia en el sector.

En línea con el decreto, los principales objetivos de esta decisión son “fomentar la transparencia, simplificación, digitalización y mayor seguridad del servicio”. La reforma, que se trabajó en forma conjunta entre el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado y la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología, incluye modificaciones de decretos anteriores y derogaciones de resoluciones de la Comisión Nacional de Correos y Telégrafos, de la Comisión Nacional de Comunicaciones y de la Secretaría de Innovación Pública.

A partir de ahora, para ser operador postal las personas jurídicas deberán inscribirse ante la autoridad de aplicación de manera “simple, electrónica, gratuita y declarativa”.

Se busca que haya más empresas de correos para, entre otras cosas, bajar precios y costos.

Más detalles del nuevo esquema
La inscripción se realizará una sola vez al inicio de la actividad y podrán iniciar automáticamente sus actividades a partir de los 5 días desde la fecha de su inscripción.
Esa inscripción constituirá habilitación suficiente para desarrollar la actividad.
Los operadores postales que desarrollen actividades en el mercado postal local e internacional podrán fijar con total libertad la dotación de personal, la modalidad, los tipos de servicios prestados, los equipos, medios de transporte y locales que requieran para su actividad.
Van a poder brindar cartas documentos, telegramas, comunicaciones fehacientes y giros postales.
Se habilita que los ejemplares y la constancia de entrega al destinatario del telegrama y carta documento sean en formato digital, al igual que el respaldo.
La verificación de identidad se podrá realizar vía Renaper u otros medios de verificación remota.


     
 
 

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