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Un niño recibió la adopción legal del padre que lo crió
Viernes, 31 de mayo de 2024
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El papá biológico de Tomás murió cuando él tenía 8 meses y el actual lo crió como si fuera su hijo biológico. A los 8 años no quiso firmar su documento hasta obtener el apellido del papá que lo crió y así empezó el tramite de la adopción legal. Cuando Tomás fue a renovar su documento se negó a hacerlo porque manifestó que quería llevar el apellido del esposo de la mamá y allí comenzaron los trámites para concretar la adopción por integración.
El papá biológico de Tomás murió cuando él tenía 8 meses y la mamá conoció a su actual esposo cuando él tenía un año y lo crió como si fuera su hijo biológico. Están juntos desde el 2017 y casados desde 2019.
Lo lleva al colegio, lo cuida cuando está enfermo, lo ayuda a hacer la tarea y cumplen con su ritual favorito que es mirar religiosamente los partidos del cuadro de Amadeo, el Enzo, el Beto y Labruna.
Por todo el amor recibido y el camino recorrido, cuando Tomás fue el año pasado a renovar su documento manifestó que quería, al igual que su hermanito menor de 6 años que es hijo de la mamá y el papá adoptivo de Tomás, llevar el apellido del hombre que está para él desde siempre.
A partir de allí, la familia inició en el juzgado Civil y Comercial de Monte Caseros los trámites para la adopción por vinculación.
Por lo especial de la historia, y el cariño que generó Tomás, la jueza y su secretario quisieron contarle que su deseo de llevar el apellido del papá del corazón se cumplió de una forma especial y así surgió la idea de regalarle una camiseta de River con su nuevo nombre.
La adopción por integración
El secretario que tuvo la idea sobre esta forma novedosa de notificación, doctor Vicente Brites. La Jueza explicó en la sentencia que la adopción de integración tiene por finalidad integrar a un núcleo familiar ya consolidado, al menos, con uno de los progenitores. Quien se integra a la familia –formada por el adoptado y su progenitor biológico u adoptivo- es el cónyuge o conviviente de este último que, en los hechos ha estado comportándose como un verdadero padre o madre con respecto a los hijos.
El instituto de la adopción integrativa no está orientado a amparar a un niño abandonado, sino a su incorporación a una familia en la que su padre o madre han contraído matrimonio y desean que ese hijo de uno de ellos sea un hijo en común, un hijo de ambos para integrar o constituir una única familia en lo jurídico porque –seguramente- ya la constituyen en la práctica.
Explicó además, que los informes interdisciplinarios y los dieron cuenta de la contención, afecto y del deseo de Tomás de cambiar su apellido
Quienes intervinieron
La asesora de menores que intervino fue la doctora Valeria Soledad Fornaroli. que expresó en su dictamen: “Darle la protección a este vinculo no es desconocer la realidad biológica del niño, quien sabe quien es su padre y que tiene hermanos de parte de padre”.
El abogado representante fue el doctor Sebastían Gabriel Jesús Lubke, la jueza, la doctora Elsa Laura López y el prosecretario Relator (que hizo la notificación) el doctor Vicente Humberto Brites.
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