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Dictaron falta de mérito para cuatro acusados por abuso
Viernes, 8 de septiembre de 2023
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El hecho denunciado ocurrió en octubre de 2020. Una joven de 16 años afirmó que fue drogada y sometida sexualmente en una fiesta clandestina. La jueza de Saladas María del Carmen Mareco dictó la falta de mérito para los cuatro acusados, entre ellos un funcionario policial, de haber abusado sexualmente de una menor de 16 años en una fiesta realizada en octubre del 2020 en la localidad de Mburucuyá.
La magistrada también ordenó una prórroga extraordinaria de la investigación por el término de un año en la causa caratulada como abuso sexual con acceso carnal agravado por haber sido cometido por dos o mas personas.
En el marco de la investigación pudo comprobarse que la menor fue drogada, conforme surge del resultado de la pericia química realizada sobre muestras de sangre de la misma, en donde se halló benzodiacepinas, siendo altamente probable que el suministro de la sustancia haya sido en contra de su voluntad, incluso pudo existir desconocimiento por parte de la misma sobre la ingesta.
De acuerdo a la fallo de la Justicia y obra en el expediente, también “se dio por probado que que ha existido relación sexual, posiblemente también en contra de su voluntad, valorado ello por la situación de vulnerabilidad ante el dopaje en que se encontraba”.
“Sin embargo, en lo que respecta a la autoría de los imputados, y a mérito de del examen de ADN practicado sobre las muestras extraídas a la víctima y a los cuatro imputados, no se pudo determinar el perfil genético de ninguno de los acusados”.
Se dio por aprobado además que el 10 de octubre de 2020, la menor concurrió a una fiesta clandestinamente, cuando estaba prohibido según las normas sanitarias realizar ese tipo de reuniones sociales atento la Pandemia imperante, y estuvo junto a los imputados; que fue el efectivo policial quien la llevó y que ella consumió bebidas alcohólicas en esa reunión social. “Que, es probable que una persona desconocida hasta el momento le haya suministrado drogas, aunque no se pudo precisar si el consumo fue o no contra la voluntad de la víctima”, dice la resolución.
“En definitiva, con todas las probanzas incorporadas hasta el momento y teniendo especialmente en cuenta que en la fiesta en la que se encontraba la victima junto a los imputados existían muchas otras personas, algunas de las cuales no han sido identificadas, la duda respecto de la autoría de los cuatro aquí imputados, se acrecienta, aunque no ha prueba contundente como para descartar de plano sus respectivas responsabilidades. Como lo vengo sosteniendo, Sí está probado, con las respectivas pruebas químicas y biológicas de ADN que la menor fue drogada, alguien debió suministrarle la droga; y que, al encontrarse líquido seminal en sus ropas y muestras extraídas, que efectivamente hubo acceso carnal. Sin embargo, NO encuentro hasta el momento probado ni, aún de manera probabilística, que hayan sido los encausados quienes arremetieron contra la integridad sexual de la víctima”, precisa en detalles el fallo.
“Atento a que ha vencido el término establecido por el Art. 215 del C.P.P. y en virtud del Art. 341 del Código ritual y ordenare la prórroga extraordinaria de la instrucción por el término de UN AÑO, teniendo en cuenta la gravedad del delito investigado, la complejidad de la causa, y que pueden ser citadas otras personas y ordenarse otras pericias químicas y/o biológicas”.
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