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El Gobierno creó un ente para controlar la prestación de los servicios en la Hidrovía
Miércoles, 25 de agosto de 2021
El organismo deberá fiscalizar el funcionamiento de la vía navegable Paraguay- Paraná. Su sede estará en Rosario y contará con un Consejo Directivo de 15 miembros que tendrán carácter "ad honorem" y serán designados por el Poder Ejecutivo.


El Gobierno creó el Ente Nacional de Control y Gestión de la Vía Navegable, que tendrá la misión de velar por la calidad y adecuada prestación de los servicios de la Hidrovía Paraguay-Paraná, la debida protección de los usuarios y las usuarias, el resguardo de los bienes de dominio público y privado del Estado y el cumplimiento de las leyes.

Lo hizo a través del decreto 556/2021 publicado este miércoles en el Boletín Oficial que determinó que el Ente actuará como organismo descentralizado con autarquía administrativa, funcional y económico-financiera en el ámbito del Ministerio de Transporte, con personería jurídica propia y capacidad para actuar en el ámbito del derecho público y privado.

El mismo tendrá su sede en la ciudad de Rosario, en la provincia de Santa Fe, y fiscalizará el cumplimiento de los reglamentos y los marcos contractuales y regulatorios mediante auditoría, control, inspección, regulación y seguimiento de las materias administrativas, ambientales primarias, económico-financieras, legales, determinación y modificación de traza, tarifarias y técnicas de los contratos de concesión de obra pública.


Además controlará otros contratos que pudieran realizarse para el desarrollo de trabajos de modernización, ampliación, operación y mantenimiento del sistema de señalización y balizamiento, de dragado y redragado, control hidrológico o de actividades complementarias a aquellos, entre el kilómetro 1.238 del Río Paraná, punto denominado Confluencia, hasta la Zona de Aguas Profundas Naturales, en el Río De La Plata exterior.

La dirección del Ente estará a cargo de un Consejo Directivo integrado por 15 miembros, que tendrán carácter "ad honorem" y serán designados por el Poder Ejecutivo.

El presidente o la presidenta será designado por el presidente de la Nación; vicepresidente primero y dos vocales a propuesta del Ministerio de Transporte; vicepresidente segundo y un vocal, del Ministerio del Interior; el vicepresidente tercero y un vocal, de Desarrollo Productivo; y siete vocales, a propuesta de cada una de las provincias signatarias del Acuerdo Federal Hidrovía.

Por otra parte, las tarifas y peajes que sean fijados en razón de concesiones otorgadas sobre la Hidrovía serán percibidos por el Ente por cuenta y orden del concesionario o de los concesionarios y remitidas a éste o éstos, previa detracción de los montos que correspondan.


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