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Se oficializó la reapertura parcial de exportación de carne: los detalles del DNU
Miércoles, 23 de junio de 2021
El Gobierno publicó este miércoles el decreto que establece las limitaciones para la comercialización en el exterior y un cupo para colocar un 50% de los embarques.

El Gobierno formalizó el decreto que suspende la venta de carne vacuna al exterior hasta fin de año con el objetivo de ordenar la cadena de ganados y carnes, aumentar la producción de carne y garantizar que los cortes vacunos se comercialicen en el mercado interno a precios accesibles en un contexto de elevada inflación y caída de poder adquisitivo de la población.

El Decreto 408/2021 fue publicado este miércoles en el Boletín Oficial, con la firma del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero y los ministros Matías Kulfas (Desarrollo Productivo) y Luis Basterra (Agricultura). También, limitó los cupos de exportación al 50 %, pero exceptuó aquellas cuotas como Hilton o 481.


Según la norma, hasta el 31 de diciembre de 2021 inclusive se suspenderán las exportaciones de reses enteras, medias reses, cuarto delantero con hueso, incluso incompleto, cuarto trasero con hueso, incluso incompleto, medias reses incompletas con hueso, asado con o sin hueso, falda, matambre, tapa de asado, cuadrada, paleta y vacío.

Además, establece que las mercaderías no alcanzadas correspondientes a carne bovina, fresca o refrigerada y a carne de animales de la especie bovina congelada, podrán exportarse hasta alcanzar un cupo mensual que no podrá superar el 50 %. Este cupo es en base al promedio mensual del total.

Esta medida rige hasta el 31 de agosto, prorrogable mediante resolución hasta el 31 de diciembre. Para esta decisión se analizarán las variaciones en los precios, la producción nacional o el abastecimiento del mercado interno.

Basterra y Kulfas deberán “dictar las normas necesarias para la definición de la metodología por la que se establecerá la asignación del cupo”, considerando “las cuotas de mercado en las fábricas o establecimientos habilitados para exportar durante el año 2020”.

Se señala que los contingentes arancelarios otorgados por terceros países a la Argentina no se encuentran afectados por las restricciones. El país tiene, por ejemplo, cuotas a Europa y a los Estados Unidos.

Entre los considerandos que se usaron para limitar las exportaciones se menciona que “en materia de comercialización de los productos cárnicos de origen bovino existen dificultades en las condiciones de abastecimiento de los consumidores y las consumidoras del mercado interno que impiden asegurar a los habitantes el razonable acceso a estos bienes, que son producidos íntegramente en el país y que integran la cultura y las costumbres de los argentinos y las argentinas”.

“El aumento de los precios de la carne en el mercado internacional, evidenciado durante los últimos meses, implica una presión sobre los precios en el mercado interno por su condición de bien transable”, se precisó en el decreto.

Por otra parte, ordenó la creación de la Mesa de Coordinación del Sector Cárnico con el objetivo de diagramar el plan. Este espacio, argumentó el decreto, permitirá realizar un análisis e intercambio de información.

Al mismo tiempo, se diseñarán políticas públicas para la industria y el comercio de los productos cárnicos. De esta mesa participarán ambos ministerios, el Senasa y aquellos organismos que puedan contribuir al cumplimiento de los objetivos.


     
 
 

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