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El Gobierno promulgó la ley para determinar los precios de contratos de obra pública
Lunes, 2 de octubre de 2017
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La norma establece como referencia el valor en pesos de la Unidad de Vivienda (UVI)
El Gobierno promulgó la ley 27.397 sobre determinaciones de precios en los contratos de obra pública destinados a vivienda, una iniciativa del senador radical Julio Cobos que fue sancionada por el Congreso el pasado 13 de septiembre. Lo hizo a través del decreto 785/2017, se publicó en el Boletín Oficial de este lunes con la firma del presidente Mauricio Macri, el jefe de Gabinete Marcos Peña y el ministro del Interior Rogelio Frigerio.
En su primer artículo, la norma indica: "La determinación de los precios que se coticen en los contratos de obra pública destinados a la construcción de viviendas, así como en los programas o planes sociales de construcción o mejoramiento de viviendas financiados por el Estado nacional, se efectuará de acuerdo al valor en pesos de la Unidad de Vivienda (UVI)". De acuerdo con al ley, se tomará como referencia el valor de la UVI -publicado por el Banco Central- de la fecha que se indique en los pliegos de bases y condiciones.
En los argumentos de la iniciativa, Cobos sostuvo que la ley "apunta a hacer más eficiente el sistema de redeterminación de precios, evitando la especulación, el traslado de costos financieros poco transparentes y los constantes reclamos administrativos, como también la demora o paralización de las obras mientras se discuten sistemas de redeterminación, reduciendo así la duración y los costos de obra".
Asimismo, destacó que la reforma "promueve la transparencia en el cálculo de las redeterminaciones de precios, la celeridad administrativa y el mantenimiento del equilibrio de la ecuación económica financiera de los contratos de obra pública destinada a vivienda. Resultado: más ahorro, más crédito, más construcción de viviendas".
Julio Cobos (DyN) Julio Cobos (DyN) "Los contratos se denominarán en pesos y su equivalente en UVIs, y los avances de obra se certificarán tomando como referencia el valor de la UVI correspondiente al último día del mes a certificar, siempre que hubiese alcanzado como mínimo el noventa por ciento (90%) del avance de obra proyectado y aprobado", detalla la norma.
Caso contrario, se tomará el valor de cotización de la UVI del último día del mes certificado, cuyo avance de obra se hubiese cumplimentado en las condiciones exigidas. "El porcentaje del avance de obra no cumplimentado, y posteriormente ejecutado, se certificará al valor de cotización de la UVI correspondiente a la fecha en que estaba pactada su ejecución", indica el texto.
La ley se aplicará a todos los contratos, programas o planes de financiamiento destinados a vivienda, cuyos procesos licitatorios comiencen a partir de este lunes. Las disposiciones de la norma podrán aplicarse a los contratos, programas o planes de financiamiento celebrados antes, en tanto exista acuerdo expreso entre las partes contratantes.
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