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"La industria del juicio no beneficia a los trabajadores"
Lunes, 23 de enero de 2017
Según el funcionario, las medidas adoptadas a través de un DNU están focalizadas en “cuidar el derecho de los trabajadores”

El ministro de Trabajo, Jorge Triaca, justificó hoy la reforma del sistema de las Aseguradoras de Riesgo de Trabajo (ART), al advertir que "en los últimos años había habido un crecimiento casi exponencial de la cantidad de litigios, pero no había crecido la cantidad de accidentes, lo que estaba generando esta famosa industria del juicio".

"Propusimos un proyecto que tuvo media sanción del Senado, teníamos la voluntad de sacarlo por diciembre, porque en los últimos años había habido un crecimiento casi exponencial de la cantidad de litigios a partir de accidentes de trabajo", apuntó Triaca sobre la iniciativa oficial.

El funcionario señaló que "no había crecido la cantidad de accidentes sino que había bajado, lo que estaba generando esta famosa industria del juicio, que no beneficia a los trabajadores, que tardan casi tres años en restituir sus derechos a partir de los juicios".


Sobre la aplicación de la medida a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), Triaca expresó que "lo que se ha puesto es la media sanción que salió del Senado, que tenía acuerdo, en general, con la CGT".
"Es parte de la tarea que venimos haciendo en el diálogo con la central obrera", completó.

En declaraciones a radio Mitre, el funcionario aseveró que "teníamos que dar una solución a este tema, y lo hicimos focalizando en que cuidemos los derechos de los trabajadores".

"A través de las comisiones médicas, que van a ir con acuerdos de las provincias a brindar el servicio de homologación y dar un criterio uniforme a cada uno de los accidentes, podemos dar más certezas a los trabajadores y también certeza de cobertura de seguro a los empresarios, que también era parte del problema", concluyó.

El Gobierno modificó hoy el sistema de las ART con el fin de "corregir aquellas cuestiones que han provocado situaciones inequitativas", por lo que estableció como "obligatorio y excluyente" la actuación de las Comisiones Médicas Jurisdiccionales como "instancia administrativa previa" para el reclamo de un trabajador.


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