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La Corte Suprema falló a favor del aumento de luz
Miércoles, 7 de septiembre de 2016
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Los ministros del máximo tribunal de Justicia dejaron sin efecto la medida provisoria de la Sala II de la Cámara Federal bonaerense. Si bien el freno tenía alcance en ese distrito, apuntaba contra el mercado mayorista que podría haber repercutido en las distribuidoras provinciales.
El máximo tribunal de Justicia dejó sin efecto la medida provisoria dictada por la Sala II de la Cámara Federal de La Plata. Si bien el alcance de la medida se circunscribía a la tarifa de luz de la provincia de Buenos Aires, el amparo repercutía en el sistema nacional debido a que apuntaba contra los precios del mercado mayorista. De esta manera no habrá hendijas legales para retrotraer los valores en el interior. Para la Corte Suprema, quienes formularon el pedido concedido por la Cámara “carecen de legitimación” para actuar en nombre de todos los usuarios bonaerenses. La demanda fue presentada por un grupo de diputados bonaerenses, el secretario general de la Defensoría del Pueblo de la provincia de Buenos Aires y el Partido Justicialista de ese distrito. “Esta Corte se ha encargado de enfatizar que la definición del colectivo es crítica para que los procesos colectivos puedan cumplir adecuadamente con su objetivo y que el incumplimiento de tal recaudo por parte de los jueces actuantes en dichos procesos ha conllevado el dictado de decisiones sectoriales sin distinción de categorías de usuarios, tratando de manera igual situaciones heterogéneas”, expresa el fallo del máximo tribunal. El fallo de la Sala II de la Cámara Federal de La Plata no sólo fue de alcance provincial sino que además apuntó contra el sistema nacional. Esto se debe a que declaraba la nulidad de las resoluciones 6/2016 y 7/2016 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación y la 1/2016 del Ente Regulador Eléctrico (Enre). En el caso de la primera norma, aumentaba los precios de referencia en el mercado mayorista. Así, por ejemplo, a través de esta disposición la Dirección Provincial de Energía pasó de pagar 92 a 300 pesos a la Compañía Argentina del Mercado Mayorista Eléctrico (Cammesa) por megawattios. Para el Sindicato de Luz y Fuerza y para el gobernador Ricardo Colombi, una medida de este tipo “desfinanciaba” al mercado eléctrico, lo que imposibilitaría inversiones. Además el mandatario reparó en que el fallo podría impactar negativamente en el acceso de los usuarios al beneficio de la tarifa social. Mientras tanto, la quita de subsidios nacionales desencadenó aumentos en jurisdicciones del interior. En Corrientes se aplicó el cuadro tarifario vigente desde 2016 (que atravesó un proceso de audiencia pública) sin subsidios. Esto representa subas por encima del 300 por ciento para los usuarios residenciales. Por lo tanto un usuario residencial puede abonar por un consumo eléctrico promedio cerca de 900 pesos el bimestre. En cuanto a los beneficiarios de la tarifa social, aproximadamente un tercio de los clientes de la Dpec integran este grupo.
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