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La Justicia Federal rechazó el reclamo de Colombi a la UCR
Lunes, 20 de mayo de 2024
Días atrás, el Juzgado Federal 1, con competencia electoral, ya homologó todo lo actuado por la convención provincial Unión Cívica Radical (UCR) de Corrientes, en el plenario que desarrolló el pasado 29 de abril en el club San Martín de la capital.

Así, quedó en evidencia que las objeciones del exgobernador y actual senador provincial, Ricardo Colombi, no tiene fundamentos legales sino tan solo su deseo de seguir como presidente del comité central. A esto se sumaron hoy, otras dos medidas referidas a la vida institucional del radicalismo correntino.


Por un lado, el magistrado del organismo judicial, rechazó la medida cautelar de suspender las actividades partidarias y que la anterior conducción siga administrando los recursos económicos. Y, por otra parte, corrió traslado a la actual mesa directiva del partido, para que responda el planteo de nulidad realizado por el exgobernador de Corrientes y quien fuera presidente de la citada agrupación política, Ricardo Colombi.


Esas decisiones judiciales, tienen su origen en una acción de nulidad promovida contra la convención provincial de la UCR (Corrientes), más precisamente por lo resuelto el pasado 29 de abril, cuando prorrogó el mandato de sus integrantes y convocó para que el 27 de octubre se definan los nuevos cargos partidarios.


Tras leer los argumentos esgrimidos por quien planteó la nulidad, ahora el juez de la causa -como lo establece el procedimiento legal- escuchará los fundamentos de la convención provincial de la UCR de Corrientes. Por eso hoy, corrió traslado a la última entidad mencionada, y comenzó a correr el plazo fijado por la legislación vigente.


Mientras se desarrolla ese proceso, Colombi pretendía que la Justicia Federal le diera lugar a una medida cautelar a través de la cual se suspendía el funcionamiento y las actividades del comité central. A su vez, requería que no le dejarán administrar los fondos partidarios al actual presidente de la mesa directiva provincial de la UCR.
Sin embargo, esos requerimientos también fueron rechazados por el juez, quien -entre otras cuestiones alegó que el exgobernador y su letrado patrocinante "no han alegado y, mucho menos probado, en qué medida lo decidido por la convención altera el orden público, que es además, conforme reiterada y monocorde jurisprudencia de los Tribunales superiores, requisito de procedencia de las medidas suspensivas de los actos administrativos".


     
 
 

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