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Causa por “supuesto incumplimiento de los deberes” contra Bassi
Lunes, 28 de noviembre de 2016
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La Justicia dictó la medida contra el intendente goyano y un ex funcionario municipal, en el marco de la causa que investiga contratos y servicios entre dicha Comuna y el Ejército.
El Juzgado de Instrucción y Correccional Nº3 de Goya procesó al intendente de esa localidad, Gerardo Horacio Bassi, y a Pedro Alejandro Raimundi, ex secretario de Hacienda, por el delito de “incumplimiento de los deberes de funcionario público”. La medida contra Bassi y Raimundi surge en el marco de la causa iniciada a expensas de la denuncia presentada por Luis María Díaz Colodrero ante la Fiscalía N´2 de esa ciudad, cuestionando la operatoria de contratación de uso de maquinarias del Ejército Argentino, con contraprestación de bienes y servicios por parte de la Municipalidad de Goya. A través de su acción, el denunciante solicitó concretamente se investigue “en qué fecha y por cuánto tiempo permanecieron alojados en distintos hoteles de la ciudad altos jefes militares entre los cuales se habría hecho presente también el jefe del Ejército Argentino, César Augusto Milani, de lo cual nada se informó”, como también los motivos de ocupación de aproximadamente 620 horas-máquina para la ampliación referida en el Sexto Convenio suscripto. La Municipalidad confirmó en su aclaratoria que ya había cumplido con la contraprestación sin haber aún concluido la obra para la que fue requerida la maquinaria del Ejército. Pese a ello, el titular del Juzgado de Instrucción Nº3, Pedro Ortiz, consideró que había indicios suficientes para incriminar a Bassi y Raimundi por la comisión del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público, por cuanto, dentro del marco de sus específicas responsabilidades en la gestión municipal, y en la compensación a un servicio prestado por el Ejército Argentino al municipio en cumplimiento de un convenio con la fuerza, omitieron la aplicación del procedimiento de licitación y compra previsto por la ley respectiva. Ello porque, según el Magistrado “resulta objetable” el vínculo entre Comuna y Goya, el cual “fue adaptado” – reza el fallo – con el propósito de eludir trámites administrativos.
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