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Senadores le dieron media sanción al proyecto de cero alcohol en los conductores de vehículos
Sábado, 15 de octubre de 2016
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En la última sesión, la Cámara de Senadores de la provincia le dio media sanción al proyecto presentado por Rubén Pruyas y que propone la implementación de la tolerancia cero de alcohol para conductores de motos y autos. El autor de la iniciativa explica que esta norma tiene como objetivo “cuidar la vida”.
Los senadores provinciales aprobaron esta semana el proyecto de ley por el que se implementa la tolerancia cero de alcohol para conductores de cualquier tipo de vehículos en todo el territorio provincial. Ahora la norma buscará los votos positivos en la Cámara de Diputados para que se avance con la medida y así lograr que los automovilistas y motociclistas no conduzcan bajo los efectos del alcohol.
El autor del proyecto, el senador Rubén Pruyas explicó que el objetivo de esta norma es disminuir la cantidad de siniestros viales relacionados con el consumo de alcohol. Para ello, propone la modificación del artículo 17º de la actual ley Provincial Nº 6013 del año 2010, que quedaría redactado de la siguiente manera: “Queda prohibido, en todo el territorio de la provincia, incluyendo rutas nacionales que la atraviesan, conducir cualquier tipo de vehículos, habiendo consumido bebidas alcohólicas en cualquier cantidad”.
Además, el conductor tendrá prohibido circular por el territorio provincial si ingirió estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas. Todos los conductores, tanto de motos como de automóviles, estarán obligados a “someterse a las pruebas que se establezcan para la detección de las posibles intoxicaciones por alcohol mediante alcoholímetros autorizados y serán practicadas por los agentes encargados del control del tránsito. La negativa o falta de cooperación a realizar la prueba constituye falta y hace presumir la infracción de la presente Ley”, según versa el artículo 4º de la ley.
En tanto, la nueva normativa establece que “en todos los casos, los importes de las multas que se apliquen en cumplimiento de la presente Ley, serán destinados a los organismos competentes que tengan por objeto la prevención de siniestros viales para realizar acciones de concientización y prevención”.
En cuanto a la autoridad de aplicación prevé que sea el Ministerio de Seguridad de la Provincia quien establezca en la reglamentación de la ley, las normas administrativas y sancionatorias para su efectivo cumplimiento. Por último, los municipios de la provincia deberán adherir a la ley y facilitar así el cumplimiento del objetivo previsto en esta normativa.
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